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El juicio, siempre la última opción

Evaluación

1 SESIÓN DE ASESORÍA
$ 39.900 SESIÓN UNICA
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  • Luego dependiendo del servicio requerido este monto se descontará del precio final

Mediación

1 SESIÓN
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Pack Mediación

3 SESIONES
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Mediación

¿Qué Hacemos?

Te ayudamos siendo tus mediadores y guiando las partes a lograr el mejor acuerdo para ti y tu familia.

Negociación

¿Qué Hacemos?

Te ayudamos representando tus necesidades e intereses con la otra parte, con abogados expertos en cada área.

Transacción

¿Qué Hacemos?

Abogados especialistas que pueden representar a las partes para llegar a acuerdos, hasta la aprobación judicial.

Nos especializamos en llegar a acuerdos

Te ayudamos con cuatro mecanismos alternativos a resolver tu conflicto y no ir a tribunales.

Transformamos conflictos legales en soluciones reales

Te ayudamos con cuatro mecanismos alternativos a resolver tu conflicto y no ir a tribunales.

Nuestro proceso de trabajo

Nuestro equipo de trabajo es multidisciplinario y multifocal.

Nos dedicamos a resolver tus conflictos de relevancia legal, a través de distintos mecanismos alternativos a un juicio.

La combinación de abogadas y mediadoras, expertas en diversas áreas del derecho, puede asegurar una atención especializada y personalizada, para cada caso en particular, lo que nos garantiza una alta tasa de efectividad en nuestros casos.

Los mecanismos que ofrecemos para ayudarte son variados: Mediación, Negociación, Avenimientos, Transacciones.

En caso que no logremos un acuerdo satisfactorio, por supuesto te acompañaremos en juicio, de la mano de nuestro equipo experto en litigación en materia de familia, derecho civil, laboral y comercial.

Reseñas

Sobre Nosotras

Nuestra experiencia profesional y en docencia nos han dado la oportunidad de fortalecer nuestra expertise en el campo de la resolución de conflictos

María Antonella

Alfaro Segura

Abogada Mediadora

María José

Legarreta Palacios

Abogada Mediadora

Preguntas Frecuentes

Las dudas más recurrentes sobre Mediación, Negociación y Transacción en Chile

La mediación es un procedimiento prejudicial que ayuda a dos personas que tienen a resolver ese conflicto. Esto se consigue a través de la comunicación eficaz y la negociación. Eso significa que la solución al problema la alcanzan las personas interesadas de manera libre y voluntaria. El proceso de mediación suele llevar menos tiempo y es más barato que un juicio. El mediador es la figura que dirige cualquier proceso de mediación.

La negociación es un procedimiento que se lleva a cabo para precaver un juicio o para terminar con uno vigente. Faltan los conflictos que se pueden resolver por intermedio de ésta)

El mediador es la persona debidamente formada (académica y legalmente) para realizar una mediación. 

El mediador se encuentra inscrito válidamente en el Registro de mediadores del Ministerio de Justicia, pudiendo dirigir una o más sesiones, que pueden ser telemáticas o presenciales, en donde las partes tienen que ponerse de acuerdo, libre y voluntariamente, sobre el conflicto que les reúne. El mediador es una persona totalmente imparcial y que facilita la comunicación, en un espacio seguro.

Además, el mediador debe tener una serie de habilidades sociales y herramientas de comunicación que le permitan ayudar a las personas en disputa a recuperar un diálogo constructivo a través del cual alcancen la mejor solución conjunta.

El negociador por su parte, es aquel que representa un interés o necesidad y busca una solución que cubra esos intereses. Es nuestro trabajo, poder representarte, en distintas negociaciones dependiendo de la materia a tratar, incluso ante otros abogados, con el objetivo de alcanzar un acuerdo que deje satisfechas tus expectativas.

La transacción es un acuerdo entre 2 o más partes, las cuales se encuentran representadas siempre por abogados. Este acuerdo, se somete a aprobación judicial, y puede ser presentado antes de la existencia de un juicio o durante el desarrollo de este. Una transacción puede versar sobre una o varias materias: alimentos, cuidado personal, relación directa y regular, acuerdo completo y suficiente (divorcio), cuidado personal compartido, y otras.

Se necesita un mediador siempre que tu quieres llegar a acuerdo, y no desees ir a juicio; asi mismo, si deseas demandar alguna materia de Cuidado personal, alimentos o relación directa y regular, DEBES iniciar un proceso de mediación, al ser éste un requisito previo a la presentación de una demanda.

Fuera de las materias señaladas, también se necesita un mediador cuando las partes tengan cualquier asunto sin resolver en materia de familia, y no lo puedan resolver dialogando, por ejemplo, resolver la salida del país de un menor de edad, o acuerdo completo y suficiente, entre otras materias voluntarias.

En general, si se han roto los canales de comunicación entre usted y la otra persona, la medición les puede ayudar a resolver su conflicto. El mediador trabajará para que las partes puedan llegar a un acuerdo, que tenga en cuenta las necesidades e intereses de los hijos en común, o de las partes (cuando no hayan hijos) y  quieran mediar, por ejemplo, las compensaciones económicas o la disolución de la sociedad conyugal, al terminar el matrimonio.

Se necesita un negociador, cuando tu requieres ser representado para alcanzar un acuerdo, que satisfaga tus intereses y necesidades, ante otra persona o instituciones. Recuerda que la negociación es un mecanismo, en donde las partes, de manera directa buscan una solución, de manera alternativa al juicio, sin embargo, requieren la representación de un especialista (abogado), que represente tu necesidad, para luego arribar a un acuerdo, y éste sea vinculante para las partes.

No, la mediación y la negociación, son mecanismos de resolución totalmente voluntarios. Las dos personas que deseen resolver su problema mediante una mediación o negociación,  deben aceptar libre y voluntariamente someterse a estos procesos, de los cuales, también pueden desistirse en cualquier momento.

NUNCA NADIE PUEDE OBLIGARTE A MANTENERTE DENTRO DE UN PROCESO DE MEDIACIÓN O NEGOCIACIÓN.
En el caso que estemos en presencia de conflictos relativos a Cuidado personal, alimentos o relación directa y regular, de manera previa, debes iniciar un proceso de mediación, sin embargo, no es obligatoria para ninguna de las partes. En caso de que una o ambas partes no concurra, ésta se frustrará y se remitirá un acta de mediación frustrada, que permite que puedas demandar en los Tribunales de Familia, para perseguir tu interés, pero recuerda algo: la mejor solución nace de las partes y no de un tercero.

Además, cuando una mediación ya se esté desarrollando, cualquier persona puede retirarse de ella sin consecuencias negativas. Nadie puede ser obligado a mantenerse en una mediación. 

Una de las palabras que mejor definen cómo es el procedimiento de mediación, es “flexibilidad”. Cada mediación es única, porque se adapta a las necesidades de cada caso y de las personas implicadas, de manera creativa y eficiente en el tiempo.

No obstante, cabe señalar que hay algunas coincidencias en todos los procedimientos de mediación.

La mediación en materia de familia se inicia de común acuerdo por las partes interesadas, o también se puede iniciar porque una de las partes la solicite en virtud de la ley, como requisito previo a comenzar un juicio. El procedimiento consta de 3 etapas: Premediación, Mediación y Post Mediación. 

En la Premediación, el o la mediadora, recabará información y citará a las partes a la sesión inicial. En esta última, se les informará a las partes de los principios de la mediación y del rol del mediador. Así mismo, las partes plantearán sus conflictos, intereses y necesidades, y se reagendarán otras sesiones para la búsqueda de un acuerdo.

Pueden haber una o varias sesiones, conjuntas o separadas, con cada parte.

La mediación puede terminar con acuerdo (completo o parcial) o arrastrándose por varios motivos; ya sea por voluntad de las partes, inasistencia o convicción del mediador o mediadora.

El fin ideal del procedimiento de mediación se da, porque las partes han alcanzado un acuerdo que satisface a todas, en cuyo caso habrá  que firmar un ACTA de mediación, la cual, aprobada en el Tribunal de Familia competente, siendo un acuerdo obligatorio. 

En la post mediación, el mediador informará a las partes, de la aprobación judicial y de los pasos a seguir, para realizar acciones tendientes al cumplimiento del acuerdo, finalizando allí el proceso.

El procedimiento de la negociación, se da sin una estructura tan reglada, siendo un mecanismo libre, que permite la realización de una o varias sesiones, en donde las partes, en la mayoría de los casos, representados por abogados, buscarán el mejor acuerdo para ambas partes, siendo satisfechas las necesidades de ambas, y generando un acuerdo que sea obligatorio para las partes.

En nuestro equipo, contamos con abogados especializados, que ayudarán a representar tus intereses de una manera comprometida y eficiente.

En la Negociación, no existe un plazo definido por el legislador, y este plazo, tendrá relación a la dificultad de las materias a negociar. 

En la Mediación, si bien la ley 19.968 determina que el plazo máximo es de 60 días, en nuestra expertis, el promedio de duración para arribar a un acuerdo, requiere de 2 semanas de sesiones (2 o más sesiones), y después un plazo prudente de respuesta del Tribunal de familia, para la aprobación del acta, el que suele ser de 5 a 10 días hábiles.

La mediación puede solucionar todas aquellas cuestiones de origen familiar, que no se puedan resolver dialogando entre las partes, excepto las que están prohibidas de mediar por LEY.

La negociación, puede solucionar, todo asunto de relevancia jurídica que sean negociables por las personas: asuntos relacionados con las herencias, problemas entre socios de una pyme, entre las empresas y sus trabajadores (acoso laboral, despidos, indemnizaciones, etc.) o entre la empresa y sus proveedores o clientes (reclamaciones por impagos o incumplimientos de contrato, etc.). Aquí explicar con qué instrumento legal, se termina el conflicto prejudicial o juicio.

SI, las personas que acuden a mediación  pueden hacerlo acompañados por sus abogados, sin embargo, el objetivo de las sesiones de mediación es que sean las personas (y no sus abogados) quienes alcancen el acuerdo más beneficioso para ellos, a través del dialogo, guiados por el mediador, quien dirige esos encuentros. Por ende, el rol del abogado será meramente de asesoría directa con su representado.

 Toda la documentación queda sometida al deber de confidencialidad, y nada de lo que se trate en la mediación puede exteriorizarse, ni ser develado en el proceso judicial posterior, si lo hubiere.

Entre las principales ventajas de la mediación destacan:

Es más rápido que un proceso judicial.

Es más económico que un juicio.

No supone la pérdida de ningún derecho.

Ayuda a mantener las relaciones entre las personas con posterioridad. Es totalmente legal, seguro y confidencial.

No irroga ningún perjuicio a las partes, en caso de no asistir o desistirse de participar.

Las personas afectadas por el conflicto participan directamente en la búsqueda de la solución, el acuerdo no lo imponte alguien externo, ajeno al conflicto (como un juez), lo que facilita que el acuerdo beneficie a todos los implicados. En mediación todos ganan y, además, lo consiguen de forma consciente y participativa. Recurrir a la mediación no supone perder la opción de iniciar un juicio con posterioridad si no se ha alcanzado un acuerdo.

Otra de las ventajas de la mediación es que permite restablecer unos canales de comunicación que se pueden mantener, aunque el procedimiento haya terminado. Este aspecto es particularmente beneficioso si las personas enfrentadas deben seguir en contacto, por ejemplo, por el régimen de relación directa y regular, o por tema de pagar y cobrar gastos extraordinarios.

Tampoco debemos olvidar que la mediación puede contribuir a reducir el estrés y las tensiones emocionales que suelen estar asociadas con la gestión inadecuada de los problemas de familia. A este hecho contribuye la aplicación de técnicas como la comunicación pacifica, que pueden servirnos para otros aspectos de la vida.

En la mediación, son las personas afectadas por el conflicto las que encuentran la solución al mismo y firman un acuerdo. El mediador no toma una decisión, sino que orienta en el proceso de diálogo y debate.

El acuerdo, una vez aprobado judicialmente, es equivalente a una sentencia y por ende es obligatorio para las partes.

Ventajas de la negociación:

Es un mecanismo, más eficiente que un juicio, más rápido y barato que un proceso judicial.

Las partes, buscan su propio acuerdo. 

Es confidencial y serio. 

El acuerdo, tiene aprobación judicial y en este caso, se hace obligatorio o vinculante para las partes.

Los intereses de ambas partes, serán satisfechos en la mayor medida de lo posible.

Ambos son mecanismos de resolución alternativo de conflictos, y siempre pueden ser una alternativa más ventajosa que un juicio. 

Sin embargo, poseen diferencias entre una y otra: 

  1. En la mediación existe un tercero imparcial que facilitará y ayudará a las partes para alcanzar un acuerdo. En cambio, en la negociación, son las partes, sin ayuda de terceros, quienes buscan un acuerdo.
  2. La mediación, tiene un plazo máximo para realizarse (60 días), en cambio la negociación, no tiene límite de tiempo.
  3. En la negociación, las partes pueden concurrir representadas directamente, es decir, es el abogado quien concurre a las sesiones, en cambio en la mediación, la parte debe asistir directamente ( y eventualmente, puede acompañarse de un abogado), sin embargo, no podría concurrir el abogado en representación de la parte a mediar.

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Sesiones de Mediación y Acuerdos legales online sin filas ni largas esperas.

María Antonella
Alfaro Segura

Abogada Mediadora
Abogada Universidad Andres Bello, experta en Area de familia, 10 años de experiencia.
Post Titulo en Fiscalia Internacional de la Universidad de Castilla de la Mancha, Toledo, España.

Diplomado en Mediación Familiar.

Diplomado en Derecho Laboral Empresarial Universidad del Desarrollo.

María José
Legarreta Palacios​

Abogada Mediadora

Abogada Universidad Andrés Bello, experta en Area de familia, 10 años de experiencia en el área.

Diplomado en Mediación Familiar.

Diplomado en Derecho Laboral Empresarial, Universidad del Desarrollo.

Cursos de actualización en materia de Familia.

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